Lo más probable es que ya seáis conocedores del asunto, pero de todas formas
queremos aportaros información de la nueva vía de privatización encubierta que
se pretende realizar en el SNS mediante las llamadas unidades de gestión clínica
(UGC).
Este tema es una bomba que nos han colocado dentro de un caballo de Troya
denominado Ley 10/2013, de 24 de julio, por la que se incorporan al ordenamiento
jurídico español las Directivas 2010/84/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de diciembre de 2010, sobre farmacovigilancia.
Con la creación de estas entidades se pretende dos objetivos fundamentales: en
primer lugar realizar una privatización oculta y perversa de la sanidad pública,
para ganancia de entes privados, con “desfuncionarización” de los profesionales
y así poder someterlos a peores condiciones laborales y en segundo lugar
condenar al ostracismo al personal y a la estructura sanitarios que no se someta
a estas unidades, primer paso para la demolición del sistema público, que podría
quedar relegado a asistencia tipo beneficencia.
Como dijo el diario El País, "A finales del pasado julio, con el país
conmocionado por el descarrilamiento mortal del Alvia, en La Moncloa y en el
Boletín Oficial del Estado se daban dos pasos cruciales para el futuro de la
sanidad pública. El presidente Mariano Rajoy firmó esos días un pacto con
organizaciones de profesionales sanitarios para impulsar las llamadas unidades
de gestión clínica, unos departamentos que estarán integrados por médicos,
enfermeros y administrativos voluntarios que se encargarán de reorganizar la
asistencia sanitaria y recortar el gasto en hospitales y ambulatorios a cambio
de incentivos salariales. Al mismo tiempo, el BOE recogía una sigilosa
modificación normativa que permite que esos mismos trabajadores puedan dejar de
ser funcionarios cuando esas unidades que decidirán cómo y en qué se gasta el
dinero no sean 100% públicas y tomen la forma de fundaciones, consorcios o
empresas sometidas a derecho privado".
En esa ley, aparentemente benigna, se pretendía trasponer directivas sobre
farmacovigilancia y gestión de medicamentos. Sin embargo, por enmiendas del
propio Partido Popular en la comisión parlamentaria, en la disposición final
quinta se introdujo una modificación del Estatuto Marco para poder llevar a cabo
las unidades de gestión clínica, como islas de gestión privada dentro de los
hospitales públicos. Suponen estructuras de gestión parecidas a los EBAs dentro
de la asistencia hospitalaria. (Hay otras disposiciones finales, como una que
crea la troncalidad de las especialidades médicas y otras que afecta a los
odontólogos, todas ocultas en esta ley ecuestre y troyana). El escrito de la
FADSP expresa con mucha claridad las consecuencias que podrían ocasionar estas
estructuras.
Realmente parece un auténtico fraude de ley la acción de esconder ese cambio en
una norma que no se relaciona en absoluto.
Además, en el pacto de sostenibilidad del SNS del ministerio con determinadas
organizaciones (poco representativas) del ámbito sanitario, es seguro que los
dirigentes que firmaron el acuerdo sabrían lo que estaban firmando, aunque el
texto sugiere pero no concreta. Según expresa el Ministerio de Sanidad en su
página web “el Pacto permitirá mejorar la gestión clínica y los procesos
asistenciales de atención a los pacientes, haciéndolos más rápidos, más eficaces
y más seguros para los usuarios”.
El acuerdo, entre otras cosas, dice:
III.2.- La Gestión Clínica es un modelo asistencial integrador, colaborativo y
multidisciplinario que busca la mejora de la eficiencia y la calidad de la
práctica clínica mediante la responsabilización de los médicos en la gestión de
los recursos utilizados en su ejercicio profesional, organizando y coordinando
las actividades que se genera en torno a cada proceso asistencial.
III.3.- La implementación del Modelo de Gestión Clínica, desde el punto de vista
de su legislación básica constará de dos áreas fundamentales, una sobre la
creación, constitución, financiación y estructura de las UGC y la segunda sobre
la incorporación de recursos humanos al nuevo modelo de gestión clínica.
III.4.- Habrá dos niveles de actuación:
a. En el ámbito estatal, la correspondiente a la modificación y/o adaptación de
los preceptos correspondientes, que son parte de la legislación básica estatal
–si resultase necesario.
b. En el ámbito autonómico, facilitando las modificaciones normativas que las
CCAA pudiesen incorporar, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dar
viabilidad a esta propuesta.
Parece ser que además la FACME (federación de asociaciones científicas médicas)
y la CEMS están ultimando sendos borradores para definir las UGC.
La comunidades de Galicia y Castilla y León parece que quieren ser la primeras
en esta nueva forma de gestión. Galicia ya va definiendo el modelo y Castilla
León ya tiene incluso un borrador de DL para iniciar el proceso a principios de
año.
Nuestro Conselller ha pedido esta semana, en una conferencia en Madrid en la
Real Academia de Medicina, “una mayor implicación del profesional en la toma de
decisiones, y ha destacado la importancia de "transformar la organización
sanitaria, haciéndola más ágil, participativa y eficiente".
Aportamos documentación referente a las UGC: noticias, extracto de la ley
10/2013, enmiendas del PP que modifican el EM y establece el acta de fundación
de las UGC dentro de la disposición final quinta de esta ley documento de la
FADSP y borrador del DL Castilla y León.
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BOE
con la Ley íntegra.
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Extracto
de la Ley 10/2013.
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Enmiendas
del PP al Estatuto Marco.
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Noticias
relativas a este tema.
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Borrador
del DL en Castilla y León.
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Comunicado
de la FADSP.