SER SÍNDIC DE GREUGES NO
PRESUPONE IMPUNIDAD
Dr. D. Juan Benedito
Alberola
Presidente del SIMAP
(Sindicato de Médicos de Asistencia Pública)
El Mundo, 16 de agosto de 2006
En
numerosas declaraciones públicas, Bernardo del Rosal, Ex Síndic de Greuges de
la Comunidad Valenciana y Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de
Alicante, somete a la consideración de los ciudadanos la valoración de su
actuación en los cinco años que ha desempeñado el cargo, paso a efectuarle unas
consideraciones como Presidente del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia
Pública).
En principio me resulta sorprendente que en estas declaraciones
públicas, una persona que ha alcanzado un rango académico universitario de
máximo nivel, base la defensa de su actividad como Sindic de Greuges en una
serie de consideraciones de tipo sentimental como el reconocimiento que le han
mostrado sus subordinados, los artículos laudatorios de algunos medios de
comunicación o las muestra de cariño de los ciudadanos para con él.
El tiempo, juez implacable, colocará a cada uno en su justo lugar.
No sé si todas las Consellerias han recibido el mismo tono crítico que el Ex
Síndic manifiesta haber tenido en sus relaciones con la Administración Pública.
Aunque ya sabemos que sus recomendaciones no son vinculantes, sí que conocemos
que su presión con los organismos hostiles no parecer haber sido excesiva, como
demuestra nuestra experiencia en su actitud con la Conselleria de Sanitat.
Además,
su respuesta a determinadas quejas ha sido manifiestamente desafortunada. Así en
su respuesta, de fecha 21 de febrero de 2005, a la queja nº 042044 dijo: “la
acumulación de horas de lactancia en días de libranza llevaría a la
transformación del permiso diario de lactancia en unas vacaciones retribuidas y
con ello a una desnaturalización de dicho permiso de lactancia”. La
problemática se la planteó una mujer médico que efectúa, en forma de guardias,
jornadas continuadas de 17 ó 24 horas, lo cual le imposibilitaba de hecho el
disfrute de dicho derecho. Este razonamiento que, sin ningún tipo de complejo,
catalogo de machista no mereció ningún tipo de disculpa o rectificación ante
nuestras protestas. El concepto de permiso diario de lactancia ha evolucionado
desde su origen del mero hecho biológico de la lactancia natural por parte de la
madre al actual de cuidado adecuado del hijo tanto por parte de la madre como
del padre. La práctica está dando la razón a la reclamante pues tanto en el
articulado de numerosos Convenios Colectivos de empresas privadas como en la muy
reciente Ley 21/2006, de reforma de la Ley de la Función Pública, publicada en
el BOE de fecha 21 de junio de 2006, se reconoce este derecho a todas las
mujeres. Un despropósito de estas características (equiparar el pretender cuidar
adecuadamente a un hijo con la pretensión de tener vacaciones retribuidas)
inhabilita de forma absoluta a una persona que ejerce el cargo de Síndic de
Greuges.
Por
tanto, sin ningún tipo de reparo, encabezo la lista de personas que opinan que
sus cinco años en la Sindicatura han sido excesivamente largos pues debería de
haber dimitido en febrero de 2005, después de la respuesta a la citada queja.
Además, una respuesta de este tipo, machista y discriminatoria, da como suspenso
a todo un periodo de ejercicio. Lo que no comprendo es el silencio de todo tipo
de estructuras que dicen defender los derechos de la mujer.