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QUEREMOS LA JUBILACIÓN VOLUNTARIA INCENTIVADA A LOS 60 AÑOS
Dr. Juan Benedito Alberola Presidente del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública) Gaceta Médica el día 4 de junio de 2007
Ya está en vigor la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que nos reconoce a los médicos como funcionarios de carrera definitivamente. Esto plantea la necesidad de la reglamentación de derechos y deberes para el Personal Estatutario de los Servicios de Salud homogéneamente con el resto de los empleados públicos. Varios temas se plantean de forma inminente dada la reticencia habitual de reconocer derechos a los médicos por parte del Ministerio de Sanidad y de las Comunidades Autónomas, aunque con gran celeridad se nos normativizan nuestros deberes. Así, aparecen los temas del reconocimiento de trienios al personal interino, la concesión de días de libre disposición suplementarios según los trienios reconocidos (los médicos temporales tendrán supeditado este derecho a la efectividad del primer tema) o el aumento del número de días de vacaciones anuales según los años trabajados. Pero hay un tema permanentemente de actualidad. Los funcionarios de carrera según el Texto Refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado pueden acceder a la jubilación de carácter voluntario siempre que cumplan dos requisitos: tener cumplidos 60 años de edad y acreditar 30 años de servicios efectivos al Estado. Esta jubilación es compatible con alguna otra actividad que precise ser dado de alta en algún régimen de la Seguridad Social. Además, los funcionarios de carrera del Ministerio de Educación pueden acceder a la jubilación voluntaria anticipada incentivada siempre que reúnan los requisitos de tener cumplidos 60 años de edad, acreditar 15 años de servicios efectivos al Estado y estar ininterrumpidamente en servicio activo desde el 1 de enero de 1990. La incentivación consiste en recibir una gratificación extraordinaria compensatoria que garantice el mantenimiento del poder adquisitivo en el periodo comprendido entre los 60 y 65 años. La justificación de esta incentivación se motiva en la complejidad de adaptación a las necesarias actualizaciones del sistema educativo. Por otra parte la Ley Orgánica de Educación establece que los funcionarios de los cuerpos docentes acogidos a regímenes de seguridad social distintos del de clases pasivas podrán percibir las gratificaciones extraordinarias que se establezcan. El tema del retiro forzoso del médico a los 65 años se plantea de forma irreal. La mayoría de los médicos subliminalmente lo que ponen en cuestionamiento no es la edad de jubilación sino la edad hasta la cual es posible mantener el nivel adquisitivo equivalente al nivel adquisitivo del servicio activo. Por esto, desde el SIMAP, requerimos a los Ministerios correspondientes a que se nos aplique el Estatuto Básico del Empleado Público permitiéndonos la jubilación voluntaria a partir de los 60 años y que como ya han efectuado otros Ministerios se nos incentive esta jubilación manteniéndonos el nivel adquisitivo hasta los 65 años a través de una gratificación extraordinaria compensatoria. Esta petición se basa en que los rápidos avances de la medicina exigen un gran esfuerzo de adaptación en el médico para adecuar la práctica médica a la lex artis ad hoc, en que las condiciones laborales son cada vez más estresantes derivadas de la mayor exigencia social lo que provoca un aumento alarmante de incapacidades laborales y de afectados por el síndrome del profesional quemado entre los médicos, y fundamentalmente en que si los médicos hemos trabajado obligatoriamente nuestra jornada ordinaria más un número similar de horas en forma de jornada extraordinaria a turnos y nocturna (lo que eufemísticamente se llaman guardias médicas), un médico con treinta años de vida laboral ha trabajado lo equivalente a 45-60 años de vida laboral. Efectos colaterales, pero de gran calado, serían el rejuvenecimiento de las plantillas con una mejor asistencia sanitaria a la población y una solución al empleo precario de los médicos jóvenes. Siendo el tema voluntario a ningún médico puede perjudicar, a muchos médicos asistenciales de primera línea puede beneficiar y a los que deseen acogerse a prórrogas hasta los 70 años nadie se lo impedirá. |
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