Estimados amigos: estamos en plena temporada de gripe y por ello el personal
sanitario se encuentra en especial riesgo de contagio. Si nos encontramos en
baja laboral secundaria a alguno de estos procesos infecciosos, la Seguridad
Social nos puede aplicar, según la normativa vigente, una mejora en las
retribuciones, complementándolas hasta un 100%, pero hay que solicitarla y
se puede hacer en cualquier momento durante la baja o tras el alta laboral.
Las enfermedades infecto-contagiosas que dan lugar a la aplicación
de las medidas especiales y, por ello, dan derecho a que se complementen las
retribuciones percibidas hasta el 100% son: GRIPE, RUBEOLA, VARICELA,
SARAMPIÓN, PAROTIDITIS, TUBERCULOSIS, TOS FERINA, SALMONELOSIS, SHIGELOSIS,
FIEBRE TIFOIDEA, HEPATITIS Y ENFERMEDAD MENINGOCOCICA
Hay que seguir
un procedimiento que incluye un certificado emitido por el centro de Salud
Pública correspondiente al centro de Salud que emita el parte de baja
laboral por gripe del trabajador afecto.
Este centro se puede
consultar a través de la página web
http://www.sp.san.gva.es/centros/cen_index.jspDicho certificado
se puede solicitar en cualquier momento, durante la baja o tras el alta
laboral.
A continuación, os especificamos el procedimiento.
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD:
1. El diagnóstico del
parte de baja debe especificar GRIPE. Naturalmente, deberás entregar el
parte de baja para la empresa (sin diagnóstico).
2. Obtención del
certificado de enfermedad infecto-contagiosa:
*Remitir un correo
electrónico al Centro de Salud Pública que debe incluir:
*Nombre,
apellidos y número de teléfono de contacto.
*La solicitud de certificado
de enfermedad infecto-contagiosa (podéis encontrarlo en nuestra página web o
bien solicitarlo al delegado del SIMAP de vuestro departamento).
*Copia
del parte de baja con el diagnóstico de gripe.
*Se avisará al solicitante
en dos o tres días, cuando esté hecho el certificado. Se puede ir en persona
o delegar en alguien para que lo recoja. Horario de lunes a viernes de 9,00
a 14,00h.
3. Entrega y registro de la siguiente documentación en
el Servicio de Personal de tu Departamento:
*Solicitud de aplicación
de la mejora voluntaria. Escrito dirigido al Gerente de tu Departamento que
debe contener el siguiente texto:
*Solicito la aplicación de la
acción protectora de la Seguridad Social según artículo 5 de la Orden
12/2014, de 9 de julio, de la Conselleria de Hacienda y Administración
Pública por enfermedad infectocontagiosa como supuesto en contingencias
comunes complementado hasta el cien por cien de las retribuciones
percibidas.
*Certificado de enfermedad infecto-contagiosa emitido por
el Centro de Salud Pública, que ya habrás obtenido.
*La Gerencia
deberá dictar Resolución favorable para que se complemente hasta el 100% de
las retribuciones percibidas. En caso de que se haya generado ya la nómina
de ese mes aplicando las reducciones se regularizará en la siguiente nómina.
Si la resolución fuera desfavorable se podría interponer recurso.
Para cualquier aclaración que necesitéis podéis dirigidos a los delegados
asignados a los diferentes departamentos de salud.