¿GESTIÓN PRIVADA DE LA SANIDAD PÚBLICA?
Dr.
Juan Benedito Alberola
Presidente
del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública)
Publicado
el El Mundo 11.10.04 (Tribuna).
Con una periodicidad programada, la Conselleria de Sanitat de la Generalitat Valenciana emite a través de los medios de comunicación noticias acerca de las excelencias de la gestión privada de la Sanidad Pública. El régimen jurídico que se aplica es la modalidad de Concesión Administrativa para la Gestión de Servicios Públicos. Se inició con la gestión de la atención especializada del área 10 (Alzira), para extenderla progresivamente a la gestión de la asistencia sanitaria integral (atención primaria y atención especializada) de esa misma área y continuar con las áreas 12 (Dénia) y 20 (Torrevieja).
En estas noticias, se aprecia siempre una valoración positiva con un cúmulo de ventajas sobre la gestión tradicional, sin que se evidencie ninguna desventaja ni ninguna problemática.
Se trata de un asunto de los esenciales de la democracia: ¿cómo se gestiona el dinero recaudado a los ciudadanos a través de sus impuestos? Es necesario, pues, aportar algunas luces sobre el tema.
El SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública) no sólo está convencido de la bondad de la Sanidad Pública (que en nuestro país se realiza a través de un Sistema Nacional de Salud financiado por el Estado), sino también piensa, y actúa en consonancia con su pensamiento, de que la gestión deseable de dicha Sanidad Pública es la gestión pública. En Sanidad Pública no hay posibilidad de obtener beneficios al tratarse de un servicio público esencial, y si los hubiere deberían revertir en la mejora del propio sistema.
Y con independencia de la teoría vamos a considerar unas cuestiones prácticas sobre la gestión privada de recursos públicos que nunca se mencionan:
1. La gestión privada de recursos públicos concebida en la actualidad es una falacia en cuanto a su audacia y modernidad. Pues como los trapecistas de los circos de segunda fila actúa con red protectora. La inversión privada participa en el 51% del capital con lo cual se asegura la toma de decisiones, pero solo arriesga parte ya que el resto del capital lo aportan entidades financieras sin ánimo de lucro como son las Cajas de Ahorro. Una de ellas de pequeño tamaño (Caixa Carlet) ya ha quebrado al no poder asumir las pérdidas reales del proyecto.
2. La gestión privada de recursos públicos concebida en la actualidad goza de una serie de privilegios con respecto a los hospitales comarcales de gestión pública. En concreto capta clientes de entidades privadas y públicas de todo el Estado Español al precio que considera conveniente. Además prima a las especialidades médicas y quirúrgicas rentables económicamente, sobre las que no son rentables y que poseen un coste social añadido. Y vuelve a tener la red protectora de la derivación a la red pública tradicional de lo no rentable, a veces por la derivación indirecta realizada por el propio paciente. Actuando, además, de forma monopolística, pues se trata de la única empresa autorizada para proporcionar la asistencia sanitaria de su área de salud.
3. La gestión privada de recursos públicos concebida en la actualidad tiene garantizado el cobro inmediato de sus prestaciones. La Conselleria siempre paga y sin demora. La Conselleria nunca pone pegas. Ya quisiera cualquier empresa privada tener esta tercera red protectora. Y encima en las Cortes Valencianas los grupos políticos siempre critican la opacidad de las cuentas del Sistema.
4. La actual gestión privada de recursos públicos sólo realiza asistencia, con lo cual concentra todo su potencial en ella, en detrimento de las otras dos funciones de la medicina: la investigación y la docencia. Estas funciones son un coste indispensable que se tiene que asumir, pues sin ellas, la medicina se autoextinguiría en una década. En una nueva red protectora es la gestión pública la que asume este coste indispensable. En un tímido intento de asumir funciones formativas, en el presente año, se han ofertado plazas de formación sanitaria especializada para el programa MIR, pero en un número significativamente inferior al de los hospitales comarcales de similar tamaño.
5. La actual gestión privada de recursos públicos realiza la gestión de personal como en una empresa privada de corte estrictamente “solo beneficios”. El convenio colectivo está recopilado en unos pocos folios que recogen sucintamente el Estatuto de los Trabajadores y que no citan al personal más complejo de tratar laboralmente como es el personal médico. No hay control en la contratación de trabajadores, pues a pesar de utilizar recursos públicos no contempla los principios constitucionales de acceso al empleo en condiciones de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Por otra parte los trabajadores tampoco tienen las garantías del sistema público, siendo la primera institución del país que utilizando dinero público practica el despido libre de médicos. Y también tampoco asume el coste social del mínimo porcentaje del 5% de personal con minusvalías. Ingeniándoselas además para reducir a la mínima expresión el coste social de la protección a la mujer trabajadora.
6. Y en el pliego de cláusulas administrativas para la contratación de la gestión del servicio público por concesión, mediante concurso y procedimiento abierto, siempre figura el siguiente párrafo “el concesionario no asumirá las prestaciones ambulatorias de Farmacia y Oxigenoterapia ni será de su cuenta el coste de las Prótesis y del Transporte Sanitario”. Es decir, que el punto que hasta el momento se ha mostrado imposible de controlar queda a cargo de las arcas de la Administración Pública.
En definitiva, así cualquiera. Pero tampoco se han comparado los resultados de esta concesión administrativa con los resultados de un nuevo hospital comarcal valenciano, el de La Plana de Vila-Real, que se puso en funcionamiento por las mismas fechas con una gestión tradicional. Este hospital no ha sufrido, por otra parte, ningún tipo de reticencia en cuanto a su gestión y a sus gestores.