Cuarenta y ocho horas a la semana, pero, ¿Cuántas al año?
 

Dr. Juan Benedito Alberola

Presidente del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública)

Publicado en Tribuna, Diario Médico, 14 de marzo de 2011

Hace ya más de diez años que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictó la Sentencia del Asunto SIMAP (3 de octubre del 2000), que decía que la actividad de los médicos está comprendida dentro del ámbito de aplicación de las Directivas Europeas relativas a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo y a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (en aquella época Directiva 93/104, de 23 de noviembre de 1993 y en la actualidad Directiva 2003/88, de 4 de noviembre del 2003).

Un aspecto fundamental fue la eliminación de la jornada laboral ilimitada según necesidades del servicio y la obligación de respetar el límite máximo de 48 horas a la semana (incluyendo la atención continuada y guardias médicas, eufemismo del concepto hora extraordinaria que figura literalmente tanto en la Directiva como en la Sentencia y que la Administración Sanitaria se niega a utilizar).  El periodo de referencia es de un máximo de 4 meses. Los médicos en periodo de formación también están incluidos en la actualidad en este límite horario máximo.

En el Estado Español la transposición de las citadas Directivas, obligado por la Sentencia, se efectuó a través del Estatuto Marco de 16 de diciembre del 2003. Sin embargo, los responsables del Ministerio de Sanidad se preocuparon más de recoger las excepciones a la Directiva que la propia Directiva. Un ejemplo, de este modo de actuar, consiste en que se dijo que el periodo de cómputo sería semestral. No se dijo que un semestre sería de 6 meses y otro semestre de 5 meses, pues, el periodo de vacaciones es periodo neutro para el cálculo.

Pero esencialmente se olvidó intencionadamente, para producir indefensión, decir cuál era la correlación en jornada máxima anual de las ya citadas 48 horas a la semana. Tampoco se argumentó cuál era el motivo por el cuál a los médicos se les aplicaría la jornada máxima permitida por la Unión Europea, a diferencia del resto de los españoles a los cuales se les aplica una jornada máxima de 40 horas a la semana.

 El concepto de jornada anual máxima es esencial en las relaciones de trabajo. Como ejemplo, el Ministerio de Trabajo recoge en su normativa que las 40 horas a la semana tiene un correlato de 1826 horas anuales. Este máximo, sin embargo, es reducido en todos los convenios colectivos y también en todos los Acuerdos con la Administración, incluida la Sanitaria, siempre con la excepción del personal médico. En la Comunidad Valenciana, en el sector sanitario, la jornada anual máxima es de 1589 horas al año, con excepción de las categorías profesionales que efectúan guardias, es decir, los médicos (esto sitúa la jornada semanal alrededor de las 32 horas). Para los médicos la jornada anual máxima continúa sin concretarse. Por simple aplicación de la regla de tres, si a 40 horas a la semana le corresponden 1826, a 48 horas a la semana le corresponderían 2191. Ni siquiera este cálculo que es perjudicial, pues no contempla que el exceso horario de 40 a 48 se efectúa en su mayor parte durante el horario nocturno y,  por tanto, debería tener un factor corrector, es aceptado.

Ante repetidas preguntas tanto ante el Ministerio de Sanidad como ante las Comunidades Autónomas nunca se nos ha respondido de forma concreta. Alguna inefable contestación verbal ha consistido en “les aplico 48 horas a la semana por 47,8 semanas”.

Como conclusión, tendríamos que en primer lugar los médicos cuando trabajamos para el Sistema Nacional de Salud somos trabajadores sometidos a las Directivas Europeas de tiempo de trabajo y en segundo lugar que tenemos derecho a que se nos diga, cuál es nuestra jornada anual máxima traducida en horas. Las autoridades sanitarias tienen la obligación legal de concretar este término y la obligación ética de tratar correctamente a los médicos del Sistema Nacional de Salud, para fidelizar su permanencia en el mismo y no recurrir al tópico de “faltan médicos”.