Preguntas del SIMAP para el debate parlamentario de Les Corts, Septiembre 2014
 


Respecto a las empresas concesionarias asistencia sanitaria pública.

En relación a la noticia publicada en el Diario El Mundo en fecha 7 de marzo 2014: “Fabra aparca el 'modelo Alzira' para evitar una 'marea blanca'”

http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2014/03/07/5318e7abca4741ee238b457d.html

1.- ¿Cual es la intención actual del ejecutivo sobre las posibles prórrogas de las concesiones sanitarias del “Modelo Alzira”?

2.- ¿Existen previsiones sobre el otorgamiento nuevas concesiones con el “Modelo Alzira”?
El “Plan Contable de las empresas concesionarias de infraestructuras públicas”, que entró en vigor el 1 de enero de 2011”, cambió las reglas contables de tal forma que obliga a pagar impuestos a la empresa concesionaria desde el segundo año de la concesión y no al final de la misma.

3.- ¿Existe algún estudio, riguroso y actualizado, sobre la viabilidad actual de las concesionarias del modelo Alzira en atención a las nuevas exigencias contables que establece el vigente “Plan Contable de las empresas concesionarias de infraestructuras públicas y como puede afectar a la calidad asistencial?

4.- ¿Se han realizado auditorias sobre los servicios asistenciales de los diferentes centros gestionados por concesionarias privadas? En relación a las declaraciones del Conseller de Sanitat en las que afirma que todos los años se audita a las concesiones, ¿Se refiere a auténticas auditorías o simplemente reciben los apuntes contables?

5.- ¿Existen auditorías sobre la actividad asistencial? ¿Se evalúan y se comprueban los indicadores asistenciales, no sólo de actividad, listas de espera, etc., sino de datos de morbimortalidad, eficiencia en las gestión clínica de pacientes, gasto farmacéutico, controles de iatrogenia, infección nosocomial y otras? Las encuestas de satisfacción no son las herramientas adecuadas para esta medir la calidad asistencial y son fáciles de sufrir sesgos.

6.- ¿Se ha comparado los datos asistenciales y económicos con departamentos similares? Y, si se ha hecho, ¿Cuáles han sido los resultados?

7.- ¿Se han realizado estudios o informes con el fin de valorar de forma objetiva la eficiencia de la gestión sanitaria directa y la gestión indirecta llevada a cabo por las empresas concesionarias bajo el “Modelo Alzira”?.

8.- ¿Qué medidas se han tomado por parte de la Conselleria para controlar el fomento del turismo sanitario por parte de las empresas concesionarias de pacientes de otros departamentos con el fin de incrementar el volumen de su facturación?


Respecto a la concesionaria “Marina Salud”.

La situación financiera de Marina Salud ha propiciado una modificación sustancial de las condiciones laborales de los trabajadores de la concesionaria Marina Salud desencadenando un conflicto laboral pendiente de resolución judicial:

9.- Ante esta situación ¿Ha investigado el Comisionado del Departamento de Departamento de Salud 13 de Denia si la información contable facilitada por la empresa para justificar estas modificaciones de las condiciones de trabajo son reales?

10.- ¿Se han valorado las consecuencias que estos conflictos pueden tener en el ámbito asistencial?

11.- ¿Ha valorado el Comisionado o la Conselleria de Sanidad si existen problemas de calidad asistencial como consecuencia de las condiciones laborales impuestas por la concesionaria Marina Salud a sus trabajadores?

12.- ¿Qué medidas se han tomado por parte de la Conselleria para controlar el fomento del turismo sanitario por parte de las empresas concesionarias de pacientes de otros departamentos con el fin de facturar más allá de lo que les correspondería en atención a la población del Departamento?

13.- ¿Ha inspeccionado el Comisionado o la Conselleria, si la actual cartera de servicios del hospital de Denia, especialmente, especialidades quirúrgicas como neurocirugía, cirugía torácica y cirugía vascular pueden estar siendo ofrecidas por el Hospital de Denia sin los medios los materiales y humanos mínimos necesarios para satisfacer adecuadamente la asistencia?



En relación al proyecto de Ley de Salud de la Comunidad Valenciana.

Ante lo ambicioso del proyecto normativo con más de 110 preceptos que derogan de forma expresa 7 disposiciones legales autonómicas y cuatro disposiciones reglamentarias, con sus correspondientes modificaciones, sorprende la vía de urgencia elegida, la inusual rapidez en la tramitación y la falta de trasparencia sobre el alcance de las modificaciones propuestas.

14.- ¿Cuál es el motivo que justifica haber tramitado el anteproyecto por la extraordinaria vía de urgencia?

15.- El apartado 3 del artículo 7 del Anteproyecto de Ley, recupera literalmente el modelo privatizador de gestión de servicios y centros de atención sanitaria, contemplado, en su día, en el derogado artículo 23 de la Ley 3/2003, de 23 de diciembre, quedando de manifiesto la voluntad del ejecutivo de mantener y en su caso profundizar en la privatización de los servicios públicos sanitarios y socio-sanitarios de la Comunidad Valenciana. También, de forma repetida se hace mención en los artículo 7,11 y 15 a los medios privados como pilar fundamental en la asistencia sanitaria de la población. Por todo ello, ante la disyuntiva Asistencia sanitaria pública o privatización de la Sanidad, ¿Cuál es la posición del Gobierno de la Generalitat? Según los artículos 7, 11 y 15 sobre la Configuración del Sistema Valenciano de Salud.

16.- Dada la importancia de la salud laboral, tal como la expresan en el artículo 38.1, ya que no cumplen la normativa actualmente, ni siquiera la ley de PRL de 1995, ¿Están dispuestos a aportar los medios humanos y materiales y la formación necesaria a los cuerpos directivos para que se cumplan los requisitos estipulados en las distintas normativas?

17.- Para darle sentido al artículo 46, en sus apartados 4 y 5, ¿Están dispuestos a asegurar un correcto diseño de la historia clínica electrónica para que no interfiera en el adecuado desarrollo del acto clínico?

18.- ¿Están dispuestos a apoyar la colegiación voluntaria de facultativos y personal de enfermería, ya que el artículo 106.1 y en general el régimen de sanciones asegura a los ciudadanos la existencia de los mecanismos necesarios para evitar la mala praxis clínica y ética?

19.- En relación al artículo 59, sobre salud escolar, ¿Apoyarán iniciativas para incrementar la educación sanitaria básica en los centros docentes, con especial atención a la comprensión del concepto de enfermedad, su significado en el contexto del conjunto de nuestra sociedad y la importancia de la prevención y las tareas individuales y colectivas para llevarlas a cabo?

20.- Dentro de los artículos 79 y 80 ¿La Conselleria estará dispuesta a elaborar un plan global de formación y actualización de conocimientos del personal sanitario, independiente y universal? ¿Tomarán las medidas necesarias para mantener un equilibrio entre las actividades asistencial e investigadora, con conservación de la independencia evitando los conflictos de interés?



En relación a las condiciones laborales del personal sanitario.

21.- El artículo 16.2.c del anteproyecto de ley de Salut de La Comunidad Valenciana habla de personal transferido ¿Se piensa transferir la personal público de régimen laboral del Consorcio HGU a la Conselleria de Sanitat adquiriendo la categoría de estatutario a todos los efectos, como consecuencia del cese de atribuciones en materia sanitaria de ayuntamientos y diputaciones en un máximo de 5 años, según la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local?

22.- ¿Cuáles son los planes del Gobierno Valenciano en relación a los acuerdos de gestión, la productividad variable y la retribución por desempeño? ¿Se pretende seguir con el sistema de los últimos años o van a producirse cambios prometidos una y otra vez? En todo caso ¿Están dispuestos a escuchar las propuestas de los profesionales y sus representantes?

23.- Tras más de un año de rodaje de los algoritmos de prescripción ¿Están dispuestos a plantear un foro de diálogo con los profesionales para revisar el control de la prescripción y focalizar también en otros aspectos tan significativos como la mejoría de la calidad de la asistencia que se puede dar a cada paciente individual, sin someter al profesional sanitario a un riesgo psicosocial intolerable?

24.- En relación a la gestión clínica, ¿Cuáles son las ideas de la Conselleria de Sanitat? Tras la modificación hace un año del Estatuto Marco ¿Se contempla iniciar proyectos de Unidades de Gestión Clínica hospitalaria y/o Entidades de Base Asociativa en Atención Primaria?

25.- Existe una discriminación flagrante del colectivo profesional con nombramientos de Atención Continuada, en relación a derechos laborales y retribuciones. ¿Por qué no deciden, de una vez por todas, suprimir esa segregación e incluirlos como estatutarios de pleno derecho, integrando a dicho personal en los equipos y servicio correspondientes, con los mismos derechos y obligaciones?

26.- ¿Existe la voluntad de ofrecer OPEs y concurso de traslados anuales, tal como expresan la ley? ¿Están dispuestos a pelear por el incremento de la tasa de reposición de las jubilaciones, y así evitar mayores consecuencias en la asistencia de la población?