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SIMAP REIVINDICA CAMBIOS EN EL BAREMO DE LA BOLSA DE TRABAJO Y EN SU FUNCIONEMIENTO PARA QUE SEA ÁGIL, JUSTA Y ÚTIL


REMITE UNA INSTANCIA DE SOLICITUD A CONSELLERIA

 

Desde el Simap se ha remitido una Instancia, a fecha 26 de febrero de 2009, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos y a la Secretaría Autonómica donde recoge algunas quejas respecto a la forma de baremar tanto la obtención del título de especialista por medio de la residencia, que viene recogidas en la Orden de 15 de enero de 2007  y en la Orden 30 de mayo de 2005(ambas publicadas en el DOCV), como que no contabilice como tiempo de trabajo el tiempo que se ha trabajado como residente en cualquier especialidad, aunque no sea la que se opta para la bolsa.
 
La Bolsa de Trabajo Temporal no funciona, fundamentalmente porque la Conselleria no pone esfuerzo alguno en que sea ágil y por lo tanto útil. No hay más que ver lo ilógico que es que únicamente se abra para nuevas inscripciones y actualización de méritos una vez al año y que ahora publique los listados de mayo del 2008, casi un año después. También resulta incomprensible que todavía se consideren y distribuyan por las caducas Áreas de Salud  y no por Departamentos de Salud, cosa que lleva a más de una confusión y que existan casi una quincena de órdenes y resoluciones que se deben  consultar para saber cómo funciona la Bolsa y cómo baremarse.


Pero la Bolsa de Trabajo podría ser útil y permitir el acceso a los puestos de trabajo siguiendo los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, y por los tanto mucho más justa de lo que lo es en la actualidad.
Hay muchas cosas que mejorar y muchos aspectos que pulir para que ese objetivo esté cada día más cerca.
 

INSTANCIA DE SOLICITUD REMITIDA DESDE EL SIMAP
 

A: Sr. D. José Cano Pascual     Dirección General de Recursos Humanos
De: Sindicato de Médicos de Asistencia Pública (SIMAP)
 
Expongo:


 Queremos hacer llegar a esta Dirección General las quejas más frecuentes que hemos recogido en nuestro sindicato de los facultativos inscritos en la Bolsa de Trabajo de las Instituciones Sanitarias. Consideramos que son justas y subsanables, motivo por el que se las hacemos llegar confiando en que las entiendan en ese sentido y así poder realizar las correcciones de forma previa a la próxima apertura del plazo para las nuevas inscripciones y actualización de méritos de la Bolsa del año en curso.
 
1.- El punto que ha suscitado las quejas es el artículo 1 de la Orden de 15 de enero de 2007 que recoge: El periodo de formación sanitaria especializada computará a razón de dos años de servicios prestados, en la categoría de que se trate, por cada año de duración del programa de formación.


Estamos convencidos que dicho artículo se redactó con la finalidad de premiar la formación mediante residencia para la obtención del título de especialista como reconocimiento del esfuerzo, el nivel de calidad y calificación que esto conlleva; sin embargo, el hecho de que muchas especialidades como Medicina de Familia, Farmacia, Psicología, etc. han ampliado los periodos formativos de tres a cuatro años hace que la puntuación obtenida en Bolsa aplicando el criterio de dos años a 0,30 puntos por año de residencia cree agravios entre los mencionados especialistas.
 
2.- Otro punto controvertido es el hecho de que no se considere a efectos del baremo el tiempo trabajado como residente en otra especialidad distinta a la que se opta en la Bolsa. Es un hecho frecuente que los especialistas tengan más de una especialidad y más frecuente que hayan trabajado durante unos años como residente y antes de finalizar la residencia se hayan presentado de nuevo al examen MIR y obtenido el título de especialista. Este tiempo de trabajo sí se contabiliza para la vida laboral, cotización a la Seguridad Social, reconocimiento de trienios y carrera profesional, por ejemplo, y no entendemos por qué no se tiene también en cuenta para la puntuación en la Bolsa de Trabajo.
 
3.- En los especialistas en Medicina de Familia tenemos un caso particular. A ellos se les reconoció en la Orden 30 de mayo de 2005 que el periodo de formación MIR de Medicina Familiar y Comunitaria computaría como seis años de servicios prestados en la misma categoría. Actualmente el periodo de formación MIR de Medicina de Familia es de 4 años. Esta Orden, vigente en la actualidad, unifica a los especialistas de Medicina de Familia entre sí, independientemente del tiempo de residencia, pero quedan excluidos de la normativa general del resto de especialidades y sienten que se les deja de computar un año de trabajo a razón de 0,6 puntos por año, motivo por el cual reclaman la derogación de la Orden del 30 de mayo de 2005. Tenemos claro que, en el momento que se derogue esa Orden, surgirá el conflicto que planteamos al principio entre los que realizaron la residencia en tres años y los de 4 años.
 
4.- Por último, quisiéramos recordar que se tenga en cuenta la fecha de finalización del periodo de residencia de los MIR, FIR, PIR, etc. a la hora de fijar los plazos de actualización de méritos y nuevas inscripciones en la Bolsa de Empleo Temporal. De esta forma, podrán inscribirse en la Bolsa y no tendrán que esperar casi un año para poder hacerlo y la Conselleria contará con  la información necesaria sobre cuántos nuevos facultativos dispone y en qué Departamentos de Salud.
 
Solicito:


 1.- La aplicación al baremo de la Bolsa de Trabajo de un número de puntos fijo por haber obtenido el título de especialista por el sistema MIR para la especialidad a la que se opta a la Bolsa, independientemente del tiempo de duración de la misma.
 
2.- Computar  el tiempo de trabajo de la residencia con los mismos criterios que para el resto de los trabajadores en instituciones sanitarias públicas, gestionadas directa o indirectamente conforme a lo establecido en la Ley 15/1997, de 25 de abril: 0,15 puntos si ha trabajado en distinta categoría o especialidad y 0,30 puntos  si ha sido en la misma categoría o especialidad.
 
3.- Ampliar el plazo de inscripción de los facultativos hasta el 31 de julio del 2009, y la fecha límite de la actualización de los méritos a baremar hasta el 30 de junio de 2009 para que puedan inscribirse, aportando el título de especialista, los residentes que finalizan el periodo de formación en el año en curso.


 

 


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