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LAS GUARDIAS MÉDICAS y  LAS HORAS EXTRAORDINARIAS.

                              Dr. Juan Benedito Alberola.

            Presidente del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública)

                                             Publicado en El Rincón del lector de El Médico el 03-02-06

        He leído su muy valiente y dos veces leal (leal con los médicos y leal con los pacientes) tema de debate: “Por un fin lógico de las guardias médicas”, publicado en el número 968 de la revista El Médico. Desde mí posición de médico del SIMAP (Sindicato de Médicos de Asistencia Pública), sólo decir:

       La guardia médica es la atención continuada 365 días al año y 24 horas al día al paciente. No es la atención continuada del médico.

      La atención continuada del médico fuera de la jornada ordinaria debe tener el tratamiento de jornada extraordinaria, y como tal ser hora extraordinaria a todos los efectos.

       En conclusión los médicos debemos hacer obligatoriamente guardias (los que hemos elegido la medicina como profesión sabemos que tenemos que trabajar noches, domingos y festivos), con las naturales exenciones por motivos de salud, edad y embarazo que sobrevengan. Pero estas guardias han de ser en vez de la jornada ordinaria y no además de ésta. El horario que sobrepase la jornada ordinaria  ha de ser horas extraordinarias retribuidas como tales, voluntarias y limitadas para garantizar la salud del médico y del usuario, así como para repartir solidariamente los puestos de trabajo de los médicos.

Digan lo que digan, es arbitrario y agraviante establecer una jornada complementaria, e incluso pretender sobrepasarla con una jornada especial.

 

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